El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas es una Corporación de Derecho Público de ámbito territorial estatal, cuyos fines esenciales son el servicio a la sociedad, la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
Sus Estatutos, aprobados en Asamblea de 27 de abril de 1996 y por Real Decreto 140/2001 de 16 de febrero, están publicados en el BOE nº 54, de 3 de marzo de 2001, de las páginas 8.072 a 8.081.
Principios y Estructura
- Ámbito territorial que alcanza todo el Estado español.
- Pluralismo participativo e igualitario.
- Democracia y solidaridad en la estructura y funcionamiento internos.
- Unidad colegial, presupuestaria y patrimonial.
- Obligatoriedad de colegiación.
Objetivos
- Servicio a la sociedad.
- Defensa y desarrollo de la profesión. Objetivos profesionales.
- Ordenación del ejercicio profesional.
- Representación exclusiva de la profesión.
- Defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
- Promoción de la función social del ingeniero técnico de Obras Públicas y el reconocimiento de su prestigio, dignidad y contenido esencial.
- Velar por la deontología profesional del colegiado en el respeto a los derechos de los ciudadanos.